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jueves, 25 de agosto de 2016

Amparo constitucional

Modelo de Amparo Constitucional.

OBJETO: PETICIONAR GARANTÍA CONSTITUCIONAL DE AMPARO

SEÑOR JUEZ:

XXXXXXXXXXXXXX e XXXXXXXXXXXXXX , en nombre y representación de nuestro hijo XXXXXXXXXXXXXX , por derecho propio y bajo patrocinio de profesional abogado, con domicilio real y fijando domicilio procesal, a los efectos legales correspondientes, en la casa de la calle XXXXXXXXXXXXXX , de la ciudad de Asunción, nos presentamos ante V.S. y muy respetuosamente decimos:--------------------------------------------------------------------------

Que, por el presente escrito, atentos a lo estipulado en el Art. 134 de la Constitución Nacional, que textualmente expresa: “Toda persona que por un acto u omisión, manifiestamente ilegítimo, de una autoridad o de un particular, se considere lesionada gravemente, o en peligro inminente de serlo en derechos o garantías consagrados en esta constitución o en la ley, y que debido a la urgencia del caso no pudiera remediarse por la vía ordinaria, puede promover amparo ante el magistrado competente. El procedimiento será breve, sumario, gratuito, y de acción popular para los casos previstos en la ley. El magistrado tendrá facultad para salvaguardar el derecho o garantía, o para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida. Si se tratara de una cuestión electoral, o relativa a organizaciones políticas, será competente la justicia electoral. El amparo no podrá promoverse en la tramitación de causas judiciales ni contra actos de órganos judiciales ni el proceso de formación, sanción y promulgación de leyes. La ley reglamentará el respectivo procedimiento. Las sentencias recaídas en el amparo no causarán estado”, venimos a Peticionar Garantía Constitucional de Amparo, y lo hago en base al siguiente relato de hechos y consideraciones de derecho que, a continuación, paso a exponer:--------------------------------------------------
Hemos tenido una relación sentimental, y fruto de esa relación nació nuestro hijo XXXXXXXXXXXXXX , según el testimonio del Acta del Certificado de Nacimiento, Nº 000000000, expedido por la Dirección General del Registro del Estado Civil, que adjuntamos a esta presentación.----------------------------
Por S.D. Nº 000, de fecha 00 de 0000 del año 000000000, en los autos caratulados: “XXXXXXXXXXXXXX s/ Prestación de Alimentos”, tramitado por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Tutelar del Menor, del Primer Turno, se ordena la retención mensual del salario del Sr. XXXXXXXXXXXXXX . A tal efecto fue habilitada la cuenta corriente Nº XXXXXXXXXXXXXX , en el Banco Central del Paraguay (B.C.P.), que posteriormente se convirtió en la cuenta corriente Nº XXXXXXXXXXXXXX del Banco Nacional de Fomento (B.N.F.).------------------
Con posterioridad, se ordenó que las sumas depositadas, en la cuenta corriente individualizada con precedencia, sean retiradas por el Sr. XXXXXXXXXXXXXX , abuelo de nuestro hijo. Ello fue ordenado por el Oficio Nº 000, de fecha 00 de 0000 del año 00000, emanado del Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia del XXXXXXXXXXXXXX Turno, de la Capital, en los autos caratulados: “XXXXXXXXXXXXXX s/ Tenencia y Guarda Provisoria”.--------------------------
Lamentablemente el Sr. XXXXXXXXXXXXXX falleció, lamentablemente, en fecha 00 de 0000000 del año en curso, según el testimonio del Certificado del Acta de Defunción, Nº 0000000, expedido por la Dirección General del Registro del Estado Civil. Por tal motivo, las sumas depositadas en la cuenta corriente Nº XXXXXXXXXXXXXX del Banco Nacional de Fomento (B.N.F.), no pudieron ser extraídas a la fecha, siendo de suma urgencia que se realice dicho procedimiento, debido a las imperiosas necesidades de nuestro hijo XXXXXXXXXXXXXX , máxime teniendo en cuenta que las clases se iniciarán en todas las instituciones el día 00 de 000000, del año en curso.--------------------------------------------------------------------------------------
V.S. comprenderá que los gastos de inicio de clases son ingentes, pues abarcan desde los útiles escolares, hasta los uniformes, calzados, etc.--------------
Creemos que esta es la vía adecuada para lograr el objetivo de retirar el dinero depositado, a fin de solventar los gastos de inicio del año lectivo, en concordancia con el Art. 134, de la Constitución Nacional, que expresa textualmente: “…que debido a la urgencia del caso no pudiera remediarse por la vía ordinaria…”. El caso que traemos a consideración de V.S. es de extremada urgencia, por la premura del tiempo, por lo que, desde ya, solicitamos la tramitación sumarísima del presente juicio.--------------------------------------------------------------------
En ese mismo sentido, el Art. 3º, de la ley 1680/01, C.N. y A., preceptúa: “Toda medida que se adopte respecto al niño o adolescente, estará fundada en su interés superior. Este principio estará dirigido a asegurar el desarrollo integral del niño o adolescente, así como el ejercicio y disfrute pleno de sus derechos y garantías. Para determinar el interés superior o prevaleciente se respetarán sus vínculos familiares, su educación y su origen étnico, religioso, cultural y lingüístico. Se atenderá además la opinión del mismo, el equilibrio entre sus derechos y deberes, así como su condición de persona en desarrollo”.----
Por todo lo manifestado, se hallan cumplidos los presupuestos genéricos para la promoción de la presente acción y, en consecuencia, solicitamos, como medida de urgencia, con arreglo a lo estipulado en el Art. 571, del C.P.C., a V.S. se sirva ordenar el retiro de los fondos depositados en la cuenta corriente Nº XXXXXXXXXXXXXX del Banco Nacional de Fomento (B.N.F.).----------------------------------

Fundamos esta acción, en lo preceptuado por los Arts.: 53, 54, 134 de la Constitución Nacional; 565 al 596 del C.P.C.; 3º de la ley 1680/01, C.N. y A.; la legislación de fondo y forma, a más de la jurisprudencia y doctrina aplicables al caso y que hacen a los derechos de nuestra parte.---------------------------------------------

Por lo brevemente expuesto, solicitamos a V.S. se sirva proveer el siguiente:-----------------------------------------------------------------------------------------------

PETITORIO

(1) Reconocimiento de la personería en el carácter invocado y constitución de los domicilios en los lugares indicados.-------------------------------------------------------
(2) Ordenar el desglose y la devolución de los documentos originales presentados, previa agregación de las correspondientes fotocopias debidamente autenticadas por el Actuario, bajo expresa constancia en autos.----------------------------
(3) Tener por presentada Petición de Amparo Constitucional, promovida por Julio XXXXXXXXXXXXXX e XXXXXXXXXXXXXX , con relación a su hijo Julio XXXXXXXXXXXXXX y, en consecuencia imprimir el trámite procesal correspondiente.--------------------------------------------------------------------------------------
(4) Ordenar, como Medida de Urgencia, el retiro de los fondos depositados en la cuenta corriente Nº XXXXXXXXXXXXXX del Banco Nacional de Fomento (B.N.F.), con arreglo a lo estipulado en el Art. 571, del C.P.C. y, en consecuencia, librar el oficio correspondiente.------------------------------------------------------------------------------
(5) Oportunamente, y cumplidos que fuesen los trámites de estilo, se dicte resolución, haciendo lugar a la Petición de Amparo Constitucional, a favor de nuestro hijo XXXXXXXXXXXXXX , con arreglo a lo estipulado en el Art. 576, del C.P.C.----------------------------------------------------------------------------------------------

SERÁ JUSTICIA.-

XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX

Habeas Data

Modelo básico de Hábeas Data.

OBJETO: PETICIONAR GARANTÍA CONSTITUCIONAL DE HÁBEAS DATA

SEÑOR JUEZ:

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, por derecho propio y bajo patrocinio de profesional abogado, con domicilio en la casa de la calle XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, fijando domicilio procesal en la casa de la calle XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, ambos de esta capital, me presento ante V.S. y muy respetuosamente digo:-------------------------------------------------------------------------------
Que, por medio del presente escrito, atento a lo estipulado en el Art. 135 de la Constitución Nacional, que preceptúa: “Toda persona podrá acceder a la información y a los datos que sobre sí misma, o sobre sus bienes, obren en registros oficiales o privados de carácter público, así como conocer el uso que se haga de los mismos y de su finalidad. Podrá solicitar ante el magistrado competente la actualización, la rectificación o la destrucción de aquellos, si fuesen erróneos o afectaran ilegítimamente sus derechos”, vengo a Peticionar Garantía Constitucional de Hábeas Data, contra el Comando de la Armada Nacional, con domicilio en la casa de la calle , y lo hago en base a las siguientes consideraciones de hechos y derecho que a continuación paso a exponer:-------------------------------------------------------------------------------------

Antes de entrar en los detalles la presente acción, hago expresa mención de lo estipulado en el Art. 136, de la Carta Magna, que dispone sobre la competencia y establece textualmente: “Ningún magistrado judicial que tenga competencia podrá negarse a entender en las acciones o recursos previstos en los artículos anteriores; si lo hiciese injustificadamente, será enjuiciado y, en su caso, removido. En las decisiones que dicte, el magistrado judicial deberá pronunciarse también sobre las responsabilidades en que hubieran incurrido las autoridades por obra del proceder ilegítimo y, de mediar circunstancias que prima facie evidencien la perpetración de delito, ordenará la detención o suspensión de los responsables, así como toda medida cautelar que sea procedente para la mayor efectividad de dichas responsabilidades. Asimismo, si tuviese competencia, instruirá el sumario pertinente y dará intervención al Ministerio Público; si no la tuviese, pasará los antecedentes al magistrado competente para su prosecución”. Asimismo la ley 1682/01, modificada por la 1969/02, reglamenta la información de carácter privado, aunque también lo hace con respecto a las bases de datos de instituciones públicas, según lo contemplado en el Art. 1º de dicha ley, que establece textualmente: “Esta Ley tiene por objeto regular la recolección, almacenamiento, distribución, publicación, modificación, destrucción, duración y en general, el tratamiento de datos personales contenidos en archivos, registros, bancos de datos o cualquier otro medio técnico de tratamiento de datos públicos o privados destinados a dar informes, con el fin de garantizar el pleno ejercicio de los derechos de sus titulares. No se aplicará esta Ley en ningún caso a las bases de datos ni a las fuentes de informaciones periodísticas ni a las libertades de emitir opinión y de informar”, en concordancia del Art. 2º, del mismo cuerpo legal, que preceptúa: “Toda persona tiene derecho a recolectar, almacenar y procesar datos personales para uso estrictamente privado. Las fuentes públicas de información son libres para todos. Toda persona tiene derecho al acceso a los datos que se encuentren asentados en los registros públicos, incluso los creados por la Ley N° 879 del 2 de diciembre de 1981, la Ley N° 608 del 18 de julio de 1995, y sus modificaciones”.---------------------
En fecha , inicié mis actividades en la Armada Nacional, como . Con posterioridad, en fecha , se me comunica que dejo de pertenecer a la Armada Nacional, sin que medie comunicación, notificación o justificación alguna para la toma de dicha decisión. He solicitado, en reiteradas ocasiones, que me informen sobre las causas de dicha decisión, sin ningún tipo de respuesta hasta la fecha, por lo que me veo en la obligación de acudir a la instancia judicial a fin de precautelar mis derechos, ya que es esta Garantía Constitucional está consagrada a asegurar la defensa de los derechos de las personas. Me consta que todas las instituciones del Estado tienen sus respectivos registros, mi desafectación del servicio de la Armada Nacional no tiene ninguna justificación hasta la fecha, por lo que se me ha conculcado el derecho al trabajo, o al menos a conocer el motivo de baja del servicio; a más de lo mencionado, de acuerdo a la normativa legal vigente todas las personas tienen derecho a defensa, con arreglo a lo estipulado en el Art. 17 de la Constitución Nacional, derecho que me ha sido conculcado.------------------------------------------------
En este punto, cabe destacar que la Garantía Constitucional de Habeas Data no tiene ley reglamentaria, razón por la cual la Corte Suprema de Justicia, a través del A.I. Nº 649, de fecha 25 de junio de 1996, estableció una serie de pautas a ser tenidas en cuenta para la tramitación de esta acción. El citado fallo establece que “...una vez demostrada la existencia del Registro, y los datos relativos a la persona que solicita el examen, se pasa a la segunda etapa, esto es la contrastación de tales datos con los manifestados y justificados por tal persona. Necesariamente, a los efectos de la observancia de las reglas del debido proceso, en esta espata debe observarse el principio de la bilateralidad, desde que caso contrario, se libraría al arbitrio de cualquiera asentar, en registros públicos, cualquier dato que pudiera resultar inexacto y, con ello, ocasionar un perjuicio a terceros”. Necesariamente, a los efectos de la observancia de las reglas del debido proceso legal en la acción del Habeas Data, debe observarse el principio de la bilateralidad, desde que en caso contrario se libraría al arbitrio de cualquier persona asentar en registros públicos cualquier dato que pudiera resultar inexacto y con ello ocasionar perjuicio a terceros.------------------
Según la finalidad que se pretenda obtener con el habeas data, este mecanismo de defensa puede ser clasificado en las siguientes categorías: “...1) Habeas Data Informativo: que a su vez puede ser; a) Exhibitorio: en virtud del cual se pretende conocer la información misma, o el dato mismo; en otras palabras, qué es lo que ha sido objeto de registración; b) Finalista: por el cual se pretende conocer el uso concreto de tales datos o elementos informativos, en otras palabras, para qué se registran dichos datos. 2) Habeas Datas Aditivo: por el cual se pretende agregar datos faltantes en el registro o simplemente actualizarlos. 3) Habeas Data Rectificatorio: que, como su denominación lo indica, persigue la corrección de errores del registro respectivo. Este tipo de habeas data concuerda en su finalidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la Constitución Nacional, que otorga a toda persona el derecho a exigir rectificación o aclaración a las fuentes públicas de información cuando ésta fuese falsa, distorsionada o ambigua. 4) Habeas Data Cancelatorio o Exclutorio: cuyo objetivo es lograr la supresión, eliminación o destrucción del registro de la llamada “información sensible”, vale decir, aquella que, sin que esta enumeración pueda ser conceptuada como taxativa o restrictiva, concierne a la intimidad de las persona, como por ejemplo, la información relativa a las ideas políticas, religiosas, gremiales, filosóficas o ideológicas, el comportamiento sexual de los individuos, el estado de salud de las personas, sus enfermedades (pasadas y presentes), datos sociales (color, raza, etc.), situación económica, entre otras” (Acuerdo y Sentencia Nº 84, de fecha 10 de noviembre de 1998).-------------
Dada tal clasificación, mencionada en el párrafo anterior, el pedido realizado por mi persona se ajusta en la primera categoría, es decir el Habeas Data Informativo, a su vez Exhibitorio y Finalista, puesto que deseo conocer la información obrante sobre mi persona y a la vez el uso concreto que se dan a tales datos; con ello averiguar el motivo de mi baja del servicio.----
El Art. 135 de la Constitución Nacional consagra una garantía o mecanismo para la defensa de los derechos constitucionales o legales, en virtud del cual: 1) Toda persona, ya sea física o jurídica; 2) tiene derecho a acceder a la información y a los datos; 3) que sobre sí misma, o sobre bienes; 4) se encuentren asentados en los registros oficiales, o privados de carácter público; 5) con la finalidad de: a) conocer el uso que se de a tales datos; o b) obtener la actualización, rectificación o destrucción de los mismos cuando fuesen erróneos o cuando afectan ilegítimamente sus derechos. En este caso nos encontramos ante una violación de mis derechos, puesto que no se me comunicó el motivo del cese de actividades.---------------------------------------------------------------
Se han establecido los siguientes requisitos, a falta de ley reglamentaria, en el Acuerdo y Sentencia Nº 84, de fecha 10 de noviembre de 1998, y son los siguientes: En primer lugar si la información o los datos, cuya defensa motiva el presente juicio, obran en un registro oficial o en un registro privado de carácter público; en segundo lugar debe determinarse si la información contenida en el registro o archivo de la parte accionada concierne o no a la persona del accionante; en tercer lugar debe determinarse el carácter o naturaleza de la pretensión deducida; y, en cuarto lugar debe determinarse, a través de las pruebas producidas, si la información o los datos obrantes en el registro de la parte que fuere accionada son erróneos, o si afectan ilegítimamente los derechos del accionante.------------------------------------------------------------------------------------------------------
En este punto hago mención de que el Archivo de la Armada Nacional es de carácter oficial, ya que la misma, por motivos de organización y estructura, debe mantener la información de todos sus activos y del personal a cargo de la institución; por lo que el primer extremo para la procedencia de la acción se halla acreditada. En cuanto a los demás puntos serán probados con el pedido de informe a la Armada Nacional y una vez adjuntado el mismo a autos, se determinarán los puntos tres y cuatro.------------------------------------------------------------------------------------------------

Por todo lo expuesto solicito precedentemente, y cumplidos los requisitos para la acción de la presente, a V.S. se sirva proveer el siguiente:---------------------------------------------------

PETITORIO

1. Reconocimiento de la personería en el carácter invocado.---------------------------
2. Constitución de los domicilios en los lugares señalados.----------------------------
3. Tener por promovida la presente Acción de Habeas Data contra el Comando de la Armada Nacional, en los términos del escrito que antecede.-----------------------------------------
4. Ordenar el desglose y devolución de los documentos presentados, previa autenticación de las fotocopias correspondientes por parte del actuario, con expresa constancia en autos.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------
5. Librar Oficio al Comando de la Armada Nacional, a fin de que traiga a la vista toda la documentación obrante en sus archivos relacionadas a mi persona, informando asimismo cuál es el uso y la finalidad que la Armada Nacional hace de dichos datos.-------------------------------
6. Dar traslado de la presente a la accionada por todo el término de ley.-------------
7. Oportunamente, previo cumplimiento de los trámites de rigor, dictar resolución ordenando la exhibición de los documentos solicitados, y, en consecuencia, pronunciarse también sobre las responsabilidades en que hubieran incurrido las autoridades por obra del proceder ilegítimo y ordenar toda medida cautelar que sea procedente para la mayor efectividad, con arreglo a lo estipulado en el Art. 136 de la Constitución Nacional.--------------------------------------------------

SERÁ JUSTICIA.-

XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

Disminución en la prestación

Modelo de escrito Disminución de Asistencia Alimenticia. OBJETO: SOLICITAR DISMINUCIÓN DEL MONTO DE ASISTENCIA ALIMENTICIA.--- SEÑORA J...